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Informaciones sobre el Seguro Médico
Seguro médico en el procedimiento de visado nacional
Las personas que deseen entrar en Alemania, por ejemplo, en el marco de la reunión familiar, para trabajar o estudiar, necesitan un seguro médico privado comparable a las disposiciones del SGB V en el momento de la entrada, a menos que ya dispongan de un seguro médico estatutario. Este seguro médico debe incluir las prestaciones a las que tienen derecho los asegurados legales de conformidad con el artículo 11, párrafos 1-3, del SGB V. El contrato de seguro debe ser de duración indeterminada y no puede contener cláusulas de caducidad o de rescisión relativas a una determinada edad, al cese de la actividad profesional, al cambio de la razón de residencia o a la pérdida de la condición de residente legal. Esta cobertura de seguro de enfermedad debe incluir las prestaciones a las que tienen derecho los asegurados legales de conformidad con el artículo 11, párrafos 1-3, del SGB V.
En caso de reunión familiar, la prueba puede ser la presentación de una carta de la compañía de seguros médicos (privada o estatutaria) en la que se indique que se le aceptará -incondicionalmente- en el régimen de seguro familiar cuando entre en Alemania.
En caso de empleo, la cobertura del seguro debe estar garantizada al inicio del contrato de trabajo. La prueba puede consistir, por ejemplo, en una carta de su compañía de seguros médicos (estatutaria o privada) en la que se indique que estará cubierto por un seguro médico -incondicionalmente- a partir de la fecha de entrada.
En principio, todos los solicitantes de visados nacionales pueden acreditar su afiliación incondicional -desde la fecha de entrada- a un seguro médico privado o estatutario en Alemania.
Si esto no es posible, puede presentar una póliza de seguro de entrada (Incoming-Insurance) que, a diferencia del seguro médico de viaje habitual, no debe contener ninguna condición de cancelación para una estancia de larga duración.